Regl. 2342, art. 1916.91
CALDERAS DE EMBARCACIONES
Length: 249 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1916.91
(a) Antes de realizar un trabajo en los engrases de las calderas donde hay fuego, vapor o agua, en los cuales los
empleados puedan lesionarse debido a un escape directo de vapor o agua, aceite u otro medio a temperatura alta
que entre en un sistema interconectado, el patrono deberá asegurarse de que se tomen las siguientes medidas:
(1) Las válvulas de aislamiento y cierre que conectan la caldera que no esté en uso con el sistema o sistemas
vivos deberán estar aseguradas, tapadas y rotuladas indicando que hay empleados trabajando en la
caldera. Este rótulo no se deberá remover ni abrir las válvulas hasta que se haya determinado que se pueda
hacer sin crear un peligro para los empleados que trabajan en la caldera, o hasta que el trabajo en la caldera se
haya terminado. Cuando las válvulas están soldadas en vez de empernadas, se deberán asegurar, cerrar y rotular, por lo menos, dos válvulas de aislamiento y cierre que conecten la caldera que no esté en uso con el sistema o sistemas vivos.
(2) Las conexiones de drenajes que descarguen a la atmósfera de todos los sistemas interconectados que no
estén en uso deberán abrirse para observación visual del drenaje.
(3) Se deberá colocar un letrero en un lugar conspicuo en la sala de máquinas que indique que hay empleados trabajando en la caldera. Este letrero no se deberá remover hasta que se haya terminado el trabajo
y que todos los empleados están fuera de las calderas.