Regl. 6137, art. II-6
SEGURIDAD PARA LOS INFANTES
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Cite as Reglamento Núm. 6137, Art. II-6
NEONATOS O RECIÉN NACIDOS Y PARA LOS
EQUIPOS EN LA INSTITUCION HOSPITALARIA
El brazalete electrónico O sistema análogo de seguridad,
su tecnologia y el material en que éste sea manufacturado, no
deberá ser peligroso para los infantes neonatos O recién
nacidos. Deberá ser antialérgico; que no comprima ni la piel ni
el cuerpo del infante neonato O recién nacido; y que pueda ser
lavado, desinfectado a un alto nivel y reutilizado. Deberá ser
ajustable al cuerpo del infante neonato O recién nacido, según
éste gane O pierda peso. Deberá ser seguro para prevenir
irritación en la piel y que sea cómodo para el infante neonato O
recién nacido.