Regl. 6137, art. II dup6

EXPECTATIVAS DEL SISTEMA DE CCTV

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Cite as Reglamento Núm. 6137, Art. II dup6

La expectativa del Sistema será la presentación clara y precisa de información selecta, que ayude y mejore en el proceso de la toma de decisiones del operador. El operador estará localizado en el Control Central de Seguridad y Comunicaciones. Proveerá, además, una forma para auditar toda la información de vídeo para la administración del Programa de Seguridad y Protección.
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