Regl. 6137, art. IV-5

IDENTIFICADOR DE CAMARAS

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Los identificadores para las cámaras deberán ser provistos en el sistema para cada cámara O para el sistema de forma que provean caracteres alfanuméricos (mínimo de 16) y así pueda identificarse la área O la escena de cobertura en los monitores designados para proyección continua de la escena.
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