Regl. 6138, art. 12
Reglamento para la Administración del Fondo Especial para el Fomento y Desarrollo de las Artes Teatrales
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Cite as Reglamento Núm. 6138, Art. 12
APROBACION
18
Núm.
6138
Fech: 10:10 a.M.
Angel Morey.
1
Decretario Ausiliar de Servicios
ARTICULO
INTRODUCION
El Instituto de Cultura Puertorriqueña, entidad gubernamental cuyo
propósito es conservar, promover, enriquecer y divulgar los valores
culturales puertorriqueños y lograr el mas amplio y profundo conocimiento y
aprecio de los mismos, ha procesado a través de los años numerosos
donativos legislativos o ayudas económicas a personas y entidades sin fines
de lucro que realizan actividades cónsonas con las que realiza y desarrolla
nuestra institución.
La Ley Núm. 8 del 8 de marzo de 1988 se promulga con el propósito de crear
un fondo especial dirigido a fomentar las artes teatrales en Puerto Rico. Se
propone con ello brindar la oportunidad a los artistas puertorriqueños para
que estos a través de su actuación y quehacer teatral, puedan propagar todo su
&
arte. Además, ofrecer a las entidades dedicadas a producir espectáculos
teatrales una fuente económica adicional que los ayude a llevar a escena
mayores y mejores producciones de teatro.
El Instituto cumpliendo con la responsabilidad que le confiere la Ley Número
8, Supra, pone en vigor este reglamento conteniendo las normas y
procedimientos que deben observar las entidades, que reciben ayuda
económica del fondo especial creado por la referida ley, para producir un
espectáculo teatral.