Regl. 6138, art. 12

Reglamento para la Administración del Fondo Especial para el Fomento y Desarrollo de las Artes Teatrales

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APROBACION 18 Núm. 6138 Fech: 10:10 a.M. Angel Morey. 1 Decretario Ausiliar de Servicios ARTICULO INTRODUCION El Instituto de Cultura Puertorriqueña, entidad gubernamental cuyo propósito es conservar, promover, enriquecer y divulgar los valores culturales puertorriqueños y lograr el mas amplio y profundo conocimiento y aprecio de los mismos, ha procesado a través de los años numerosos donativos legislativos o ayudas económicas a personas y entidades sin fines de lucro que realizan actividades cónsonas con las que realiza y desarrolla nuestra institución. La Ley Núm. 8 del 8 de marzo de 1988 se promulga con el propósito de crear un fondo especial dirigido a fomentar las artes teatrales en Puerto Rico. Se propone con ello brindar la oportunidad a los artistas puertorriqueños para que estos a través de su actuación y quehacer teatral, puedan propagar todo su & arte. Además, ofrecer a las entidades dedicadas a producir espectáculos teatrales una fuente económica adicional que los ayude a llevar a escena mayores y mejores producciones de teatro. El Instituto cumpliendo con la responsabilidad que le confiere la Ley Número 8, Supra, pone en vigor este reglamento conteniendo las normas y procedimientos que deben observar las entidades, que reciben ayuda económica del fondo especial creado por la referida ley, para producir un espectáculo teatral.
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