Regl. 2342, art. 1917.13 dup2

CERTIFICACION ANTES DE COMENZAR TRABAJO EN CALIENTE

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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1917.13 dup2

(a) Trabajo en caliente al descubierto. Antes de hacer trabajos en caliente sobre la cubierta o en compartimientos a los que se les haya quitado la parte superior en los espacios para carga u otros espacios que tengan o hayan tenido cantidades a granel de los líquidos O gases combustibles 0 171 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES inflamables, se deberán seguir los pasos siguientes: (1) Una persona competente deberá hacer pruebas para determinar la concentración de vapores inflamables en estos espacios. El nivel permitido de concentración de vapores inflamables no deberá exceder el diez (10) por ciento del nivel explosivo más bajo en todas las partes del espacio. (2) Cuando las pruebas indican que el espacio contiene una concentración de vapores inflamables mayor que la concentración permitida, el espacio se deberá volver inerte con un gas no inflamable o con agua, 0 se deberá proveer ventilación suficiente para reducir la concentración por debajo del nivel permitido. (3) Cuando el fondo de un espacio contiene residuos inflamables, se deberá inundar con agua para cubrir todas las partes del espacio hasta una profundidad de un pie, por lo menos, a menos que el espacio se haya vuelto inerte. (b) Trabajo en caliente debajo de cubierta. No se deberá permitir a los empleados a hacer trabajos en caliente en los siguientes espacios, límites O tuberías, a menos que se haya otorgado un certificado que diga que se puede hacer trabajo en caliente con seguridad. Tal certificado deberá ser aceptado solamente si lo ha dado un Químico Marino certificado por la National Fire Protection Association. 171 1917.13(b) 1917.13(b) (1) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (1) En buques tanques: (i) En, o alrededor de, los tanques de carga usados para transportar cantidades a granel, líquidos y gases combustibles O inflamables, o dentro de los espacios adyacentes a tales tanques de carga. (ii) En, o alrededor de, los tanques de combustible. (iii) En tuberías, serpentines de calefacción, bombas, accesorios u otros aditamentos de los tanques de carga o combustible. (2) En embarcaciones de carga seca, miscelánea y pasajeros: (i) En, o alrededor de, los límites de los tanques de carga que se han usado para transportar cantidades a granel de líquidos y gases combustibles 0 inflamables. (ii) En los espacios adyacentes a los tanques de carga que se han usado para transportar gases inflamables, o líquidos con un punto de inflmación menor de 150°F., excepto cuando la distancia entre tales tanques de carga y el trabajo que se va a hacer sea de no menos de veinticinco (25) pies. (iii) En, o alrededor de, los límites de tanques de combustible. 172 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (iv) En tuberías, serpentines de calefacción, bombas, accesorios u otros aditamentos conectado a los tanques de carga o combustible. (3) Se podrá hacer trabajo en caliente en carga seca para la cual no se requiere un certificado de un Químico Marino (párrafo (b) (2) (ii) de esta sección), solamente después de que una persona competente haya examinado la carga y la haya encontrado libre de líquidos, gases y vapores inflamables. Si se encuentran líquidos, gases O vapores inflamables, no se deberá hacer trabajo en caliente en el espacio hasta que se haya removido los líquidos, gases o vapores inflamables y realizado una prueba que indique que el espacio es seguro en caso de fuego. (4) Antes de realizar un trabajo en caliente en espacios en el cuarto de máquinas o en espacios en el cuarto de las calderas en cualquier embarcación para la cual no sea necesario un certificado de un Químico Marino, según las disposiciones del párrabo (b) (1) y (2) de esta sección, o en tanques de combustible y compartimientos de máquinas de botes, se deberán inspeccionar y probar las quillas por una persona competente para asegurar que estén libres de líquidos, gases y vapores inflamables. si se 172 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES encuentran líquidos, gases O vapores inflamables, no se deberá hacer trabajo en caliente en el espacio hasta que se hayan removido los líquidos, gases o vapores inflamables y una prueba indique que el espacio es seguro en caso de fuego.
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