Regl. 6138, art. 5-5.2 dup2
ASPECTO PROGRAMATICO
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Cite as Reglamento Núm. 6138, Art. 5-5.2 dup2
El carácter fundamental de la propuesta debe ser compatible con la
declaración de propósitos del Fondo Especial creado por la Ley #8 del 8
de marzo de 1988, y con los criterios más adelante expuestos.
1.
Se podrá solicitar ayuda económica para subvencionar:
a-
Producciones teatrales tradicionales, clásicas,
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vanguardistas o proyectos innovadores que contribuyan y
redunden en beneficio del desarrollo del teatro en Puerto
Rico.
b-
Presentaciones o giras teatrales a través de todo Puerto
Rico, para promover el desarrollo de nuestra tradición
teatral.
C-
Proyectos especiales que fomenten el desarrollo de la
producción teatral en Puerto Rico; el desarrollo y creación
de un público asiduo al teatro y proyectos que promuevan
la venta de boletos a organizaciones, tanto privadas como
gubernamentales.