Regl. 6138, art. 5-5.3 dup2

ASPECTO INSTRUMENTAL

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Cite as Reglamento Núm. 6138, Art. 5-5.3 dup2

Las medidas o medios específicos que harían viable el desarrollo, realización y divulgación del proyecto, una vez sea aprobada la propuesta. 1- Plan de Trabajo a. Los objetivos y el plan de acción deben estar claramente establecidos, así como su posible realización. b. Presentar un plan O diseño de producción general. C. Incluir el número de funciones O presentaciones que se llevarán a cabo. 2- Presupuesto a. Presentar con razonabilidad el presupuesto en términos del alcance y de los resultados que se esperan de la producción teatral. b. Hacer un desgloce adecuado de las partidas de modo que correspondan a los gastos reales del proyecto o producción. 8 C. Tomar en consideración las normas que usualmente rigen en el gobierno para los gastos de transportación como parámetro para el gasto de dietas que habrá de sufragar la compañía. (ej: dietas, millaje, peaje, etc.) d. Presentar evidencia de la aportación que recibirá el proyecto o producción, de otras entidades o personas, bien sea en metálico, en servicios o especie (In-Kind). 3- Publicidad a. Se debe incluir en la propuesta los medios de publicidad a utilizarse (ej: volantes, carteles, cuñas televisivas y radiales, etc.) b. Exponer cómo se llevará a cabo la promoción y que tipo de propaganda se implementará. El concepto de promoción deberá cumplir con los mínimos cánones de valores que consagren los principios de respeto a la dignidad del ser humano, y que sea consustancial con el propósito artístico que representa el Instituto de Cultura Puertorriqueña. La promoción desde el punto de vista artístico, deberá ser siempre honrosa, diligente y mesurada sin caer en la censura. 4- Personal Ofrecer información sobre las tareas y responsabilidades de los participantes en el proyecto o producción teatral. 5- Evaluación Toda propuesta, para ser seleccionada, debe cumplir con todos los requisitos de la Ley y del reglamento y con las Normas de la Comisión Asesora de Teatro. Toda producción subvencionada será evaluada por el Programa de Teatro. Para estos fines, toda Entidad habrá de someter un formulario de evaluación, ofrecido por el Programa de Teatro, con los resultados de la producción o proyecto. Es necesario incluir la participación del público en el proceso de evaluación. 9
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