Regl. 6139, art. 4-4.2

REQUISITOS DEL FONDO ESPECIAL

Length: 112 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6139, Art. 4-4.2

1- Se crea en los libros del Depatamento de Hacienda una cuenta sin año fiscal determinado, adscrita al Instituto, para consignar en la misma las siguientes asignaciones de dinero: a) Las asignaciones que destine la Legislatura. b) Los ingresos netos, que la Productora Nacional o las compañías, a las cuales esta transfiere los fondos de las 5 asignaciones legislativas, reciban de cualesquiera operaciones, derechos de admisión, anuncios comerciales u otras actividades relacionadas con las producciones teatrales que estan llevan a cabo con el uso de fondos de asignaciones legislativas o ley. c) Cualesquiera otros dineros que reciba la Productora de parte de organismos estatales, municipales, federales o de entidades o personas privadas.
Regl. 6139, art. 4-4.2: REQUISITOS DEL FONDO ESPECIAL | Justis AI