Regl. 6151, art. 2
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 6151, Art. 2
Otorgar un subsidio o crédito en la factura eléctrica mensual a las familias o
personas con escasos recursos económicos que requieran utilizar equipos
electrónico especializados para conservar la vida.
La Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia del
Departamento de la Familia certificará que la familia o la persona es de
escasos recursos económicos. Además el Departamento de la Familia
certificará a la Autoridad de Energía Eléctrica que la persona no posee los
recursos necesarios para pagar la totalidad de la factura.