Regl. 6151, art. 6

Divulgación de Información

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Cite as Reglamento Núm. 6151, Art. 6

El Departamento de la Familia limitará el uso o divulgación de la información que se obtenga del solicitante/participante, a personas directamente relacionadas con la administración y responsabilidad de los programas adscritos a la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia y con otros programas que estén directamente relacionados, por razón de los criterios de elegibilidad y la cantidad o magnitud de beneficios a recibir tales como: Programa de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas (TANF), Programa de Asistencia Nutricional (PAN), Asistencia Médica y Seguro Social. Si el jefe de la unidad familiar, su cónyuge o el representante autoriza por escrito a una persona a revisar el material o documentos contenidos en el expediente de la unidad familiar, los mismos se pondrán a su disposición para revisión, durante las horas laborables. El Departamento puede retener información confidencial, como son los nombres de personas que revelan información referente a la unidad familiar sin el conocimiento de ésta, o la naturaleza o condición de una causa criminal pendiente. La oficina local o centro de servicios proveerá copias de las partes pertinentes del expediente (que no están clasificados como información confidencial) cuando lo solicite por escrito la unidad familiar o su representantante. El Departamento cooperará en suministrar información requerida por el Negociado Federal de Investigaciones (Federal Bureau of Investigation), o por cualquier otra agencia del orden público, si la investigación concierne a una unidad familiar, que haya obtenido los beneficios mediante una intención de violación o que haya violado la reglamentación del Programa. En situaciones en que se realize una investigación de alguno de los participantes y la misma no esté relacionada con el Programa de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas (TANF) no se podrá ofrecer información alguna de lo contenido en el expediente. La excepción a estos casos es cuando la solicitud de información viene acompañada de una orden del Tribunal
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