Regl. 6157, art. 32-1

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Cite as Reglamento Núm. 6157, Art. 32-1

La Ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988, según enmendada, crea el Registro de la Propiedad Intelectual adscrito al Departamento de Estado, así como el cargo de Registrador y en los Artículos 359(k) y 359(n) faculta a éste a adoptar los reglamentos relativos a la ejecución de la misma, incluyendo el procedimiento de presentación, inscripción y depósito de obras y los derechos a cobrarse por los actos a que se refieran.
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