Regl. 6159, art. 13

Control de Presupuesto

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Cite as Reglamento Núm. 6159, Art. 13

El Área de Finanzas del Banco, O aquella que designe el Presidente del Banco, tendrá la responsabilidad de emitir mensualmente un Informe de Control de Presupuesto que muestre todos los contratos de servicios profesionales y/o consultivos aprobados por la Junta de Directores en el presupuesto del Banco y aquellos no presupuestados aprobados por el Presidente del Banco, O su representante autorizado, para cada división del Banco, la erogación de fondos acumulada y el balance disponible. Será responsabilidad de los Oficiales del Banco el mantener el control adecuado de los servicios profesionales y/o consultivos contratados. Este control incluye el evitar incurrir en costos por servicios que sobrepasen los límites máximos establecidos para cada contrato y el importe presupuestado para la partida.
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