Regl. 2342, art. 1917.47 dup3
SUPERFICIES DE TRABAJO
Length: 326 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1917.47 dup3
Cuando los empleados trabajen, aborden o salgan de botes pequeños 0 balsas,
189
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
deberán estar protegidos con salvavidas que cumplan con los requisitos de la
§ 1917.84(a).
(39 F.R. 15124, 1°de mayo de 1974.)
189
1917.47
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
190
Seguridad y Salud en el Trabajo
1917
Normas e Interpretaciones
PARTE 1917 - DESGUACE DE EMBARCACIONES
SUB-PARTE F - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
1917.51
Orden y limpieza.
1917.52
Alumbrado.
1917.53
Servicios públicos.
1917.54
Trabajo en espacios confinados o aislados.
1917.55
(Reservada)
1917.56
Trabajo en botes salvavidas.
1917.57
Salud y sanidad.
1917.58
Primeros auxilios.
1917.59
Operaciones comerciales de buceo,
191
1917
1917.52(b) (1)
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
(1) Las luces temporeras deberán estar resguardadas para
evitar contacto accidental con la bombilla, excepto cuando
la construcción del reflector es de forma tal que la bombilla está hacia atrás.
(2) Las luces temporeras deberán estar equipadas con cordones eléctricos de gran resistencia, con las conexiones
y la aislación en buen estado. Las luces temporeras no se
deberán colgar de sus cordones a menos que tanto las luces
como los cordones estén diseñados para tal medio de suspensión. Se permitirán empalmes que tengan la misma aislación
que el cable.
(3) Los cordones se deberán mantener fuera de los espacios
de trabajo y de los pasadizos o de otros lugares donde de
puedan averiar.
(c) Las partes metálicas expuestas no conductoras de las luces
temporeras provistas por el patrono deberán estar conectadas a
tierra a través de un tercer alambre en el cable que contenga
los conductores del circuito o a través de un alambre separado
que esté conectado a tierra en la fuente de la corriente. La
conexión a tierra deberá ser de acuerdo con los requisitos de
la §1917.72(b).
1917.53(c)
192
1917.51 (a)
Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas e Interpretaciones
SUB-PARTE F - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO