Regl. 2342, art. 1917.47 dup3

SUPERFICIES DE TRABAJO

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Cuando los empleados trabajen, aborden o salgan de botes pequeños 0 balsas, 189 Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones deberán estar protegidos con salvavidas que cumplan con los requisitos de la § 1917.84(a). (39 F.R. 15124, 1°de mayo de 1974.) 189 1917.47 Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones 190 Seguridad y Salud en el Trabajo 1917 Normas e Interpretaciones PARTE 1917 - DESGUACE DE EMBARCACIONES SUB-PARTE F - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO 1917.51 Orden y limpieza. 1917.52 Alumbrado. 1917.53 Servicios públicos. 1917.54 Trabajo en espacios confinados o aislados. 1917.55 (Reservada) 1917.56 Trabajo en botes salvavidas. 1917.57 Salud y sanidad. 1917.58 Primeros auxilios. 1917.59 Operaciones comerciales de buceo, 191 1917 1917.52(b) (1) Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones (1) Las luces temporeras deberán estar resguardadas para evitar contacto accidental con la bombilla, excepto cuando la construcción del reflector es de forma tal que la bombilla está hacia atrás. (2) Las luces temporeras deberán estar equipadas con cordones eléctricos de gran resistencia, con las conexiones y la aislación en buen estado. Las luces temporeras no se deberán colgar de sus cordones a menos que tanto las luces como los cordones estén diseñados para tal medio de suspensión. Se permitirán empalmes que tengan la misma aislación que el cable. (3) Los cordones se deberán mantener fuera de los espacios de trabajo y de los pasadizos o de otros lugares donde de puedan averiar. (c) Las partes metálicas expuestas no conductoras de las luces temporeras provistas por el patrono deberán estar conectadas a tierra a través de un tercer alambre en el cable que contenga los conductores del circuito o a través de un alambre separado que esté conectado a tierra en la fuente de la corriente. La conexión a tierra deberá ser de acuerdo con los requisitos de la §1917.72(b). 1917.53(c) 192 1917.51 (a) Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones SUB-PARTE F - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
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