Regl. 6163, art. 8

LOTIFICACIONES

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Cite as Reglamento Núm. 6163, Art. 8

Las segregaciones que sean necesarias en las transacciones de concesión de título de propiedad por el Departamento de la Vivienda y sus organismos, a virtud de esta Ley, estarán exentas de las disposiciones y reglamentos de lotificación, en cuanto a la presentación de un plano de 8 inscripción final se refiere. Entendiéndose que las segregaciones para cumplir con la disposiciones de la Ley 132 del 1ro de julio de 1975, según enmendada, se ajustarán y estarán conforme con el desarrollo preliminar o plano de construcción y las disposiciones de la resolución correspondiente que hubiere sido aprobada para el caso en cuestión.
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