Regl. 6167, art. VII dup2
COORDINADOR DE DEPORTES
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Cite as Reglamento Núm. 6167, Art. VII dup2
A. El Administrador designará un Coordinador de Deportes, quien tendrá
las siguientes funciones:
1. La organización de los equipos deportivos de la Agencia.
2. Coordinar las actividades deportivas internas e interagenciales.
3. Determinar la necesidad de adquirir uniformes y otros efectos
deportivos y hacer recomendaciones al Administrador. En las
solicitudes de uniformes se debe indicar los nombres de los
integrantes del equipo y toda la información que sea necesaria
para ordenar los mismos.
4. Originar las solicitudes de compras relacionadas con las
actividades deportivas.
5. Mantener informado al Administrador y al personal de la Agencia
sobre las actividades deportivas.