Regl. 6169, art. VII-X
Retribución
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Cite as Reglamento Núm. 6169, Art. VII-X
El personal irregular recibirá el salario estipulado en el documento Escala de
Salarios por Hora para Personal Irregular de la Autoridad de Carreteras y
Transportación. El Director Ejecutivo recomendará las enmiendas necesarias en la
escala de retribución del personal irregular al Secretario para su aprobación. El salario
mínimo estará de acuerdo con el establecido por el estatuto federal.