Regl. 6169, art. VII-XII dup2
Áreas de Conducta
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Cite as Reglamento Núm. 6169, Art. VII-XII dup2
El personal irregular deberá observar en todo momento una conducta
adecuada. La enumeración que se acompaña como Anejo V, constituyen las áreas
de conducta que éstos vendrán obligados a observar. Sin embargo, éstas no
excluyen cualquier otra conducta no esperada de un empleado público y que deba ser
sancionada.
Reglamento 02-016
Personal Irregular
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