Regl. 6174, art. 4

APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 6174, Art. 4

Este Reglamento será de aplicabilidad a todos los funcionarios y empleados de carrera de la Administración de Terrenos de Puerto Rico. No será de aplicabilidad al personal irregular que se emplee bajo las disposiciones de la ley 110 del 26 de junio de 1958 según enmendado, ni al personal que preste servicios mediante contrato. Tampoco será de aplicabilidad al personal de confianza excepto en lo relativo al Artículo 7, Sección 7.4.
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