Regl. 6174, art. 4
APLICABILIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 6174, Art. 4
Este Reglamento será de aplicabilidad a todos los
funcionarios y empleados de carrera de la Administración
de Terrenos de Puerto Rico. No será de aplicabilidad al
personal irregular que se emplee bajo las disposiciones de
la ley 110 del 26 de junio de 1958 según enmendado, ni al
personal que preste servicios mediante contrato. Tampoco
será de aplicabilidad al personal de confianza excepto en
lo relativo al ArtÃculo 7, Sección 7.4.