Regl. 6174, art. 5-11.11

Renuncias

Length: 151 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6174, Art. 5-11.11

Cualquier empleado podrá renunciar a su puesto libremente mediante notificación escrita al Director Ejecutivo. Esta comunicación la hará con por lo menos quince (15) días de antelación a su último día de trabajo, excepto, que el Director Ejecutivo podrá aceptar renuncias presentadas en un plazo menor. El Director Ejecutivo, dentro del término de quince (15) días de haber sido sometida dicha renuncia, notificará al empleado si acepta la misma o si la rechaza por existir razones que justifiquen investigar la conducta del empleado. En casos de rechazo, el Director Ejecutivo, dentro del término más corto posible, deberá realizar la investigación y determinar si acepta la renuncia O procede a la formulación de cargos. 86 Cuando un empleado está disfrutando de licencia sin sueldo y presente su renuncia al término de dicha licencia, se considerará como fecha de efectividad de la renuncia el último día que disfrutó de la licencia sin sueldo.
Regl. 6174, art. 5-11.11: Renuncias | Justis AI