Regl. 6174, art. 8-8.10 dup2
Asignación de las Clases de Puestos a las
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Cite as Reglamento Núm. 6174, Art. 8-8.10 dup2
Escalas de Retribución
El Director Ejecutivo asignará las clases que
integren los planes de clasificación para el Servicio de
Carrera y confianza a las escalas de sueldos contenidas en
los Planes de Retribución vigentes, en consideración a la
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jerarquÃa relativa que se determine para cada clase dentro
de los planes de clasificación. En adición, podrá tomar
en consideración otras condiciones, como la dificultad
existente en el reclutamiento y retención de personal para
determinadas clases; sueldos prevalecientes en otros
sectores de la economÃa para ocupaciones similares,
condiciones especiales y situación fiscal.
El Director Ejecutivo podrá reasignar cualquier clase
de puesto de una escala de retribución a otra de las
contenidas en los Planes de Retribución, cuando la
necesidad o eficiencia del servicio asà lo requiera; O
como resultado de un estudio que realizare con respecto a
una clase de puestos, una serie de clases O un área de
trabajo; O por exigencia de una modificación al Plan de
Clasificación.
Toda asignación O reasignación de clases de puestos a
escalas de retribución requerirá la aprobación final del
Director Ejecutivo.