Regl. 6174, art. 9-9.7 dup2
Verificación de Requisitos, Examen Médico
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Cite as Reglamento Núm. 6174, Art. 9-9.7 dup2
y Juramento de Fidelidad
La Oficina de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
requerirá y verificará que todo candidato seleccionado
reúna los requisitos establecidos para la clase de puesto
en la cual habrá de ser nombrado y que cumpla con los
requisitos de examen médico, certificado de Antecedentes
Penales, Juramento de Fidelidad, entrega de Acta de
Nacimiento original O en su defecto, un documento
equivalente legalmente válido, asà como otros documentos
de nombramiento que sean necesarios.
Verificará y certificará que el candidato reúne los
requisitos mÃnimos para el puesto y que posee la licencia
y colegiación para ejercer la profesión y ocupación
correspondiente al puesto en el que habrá de ser nombrado,
cuando se requiera.
1. Será motivo para la cancelación de cualquier
selección de un candidato o la eliminación de
un nombre de un registro de elegibles, el no
presentar la evidencia requerida O no llenar
los requisitos a base de la evidencia
presentada.
2. Se requerirá evidencia expedida por un médico
debidamente autorizado a practicar su profesión en Puerto Rico demostrativa de que la
persona seleccionada para ingresar al servicio
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público está fÃsica y mentalmente capacitada
para ejercer los deberes esenciales del puesto.
Esta evidencia podrá requerirse, además, cuando
se considere necesario O conveniente al
servicio en casos de reingresos, ascensos,
traslados y descensos.
3. No se discriminará contra personas incapacitadas cuya condición no les impide desempeñar
ciertos puestos.
4. Toda persona a quien se extienda nombramiento
para ingreso a la Administración de Terrenos de
Puerto Rico deberá prestar, como requisito de
empleo, el Juramento de Fidelidad y Toma de
Posesión requerido por la Ley Núm. 14 del 24 de
julio de 1952. Deberá, además, completar el
formulario I-9 del Servicio de Inmigración y
Naturalización de los Estados Unidos de
América.
5. Al momento de extender un nombramiento para
ingreso a esta Agencia el Director de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales orientará al
empleado sobre los programas y organización de
la Administración de Terrenos, funciones del
puesto, reglas y normas que rigen en la
Administración y sobre los hábitos y actitudes
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que como empleado debe poseer O desarrollar
para adquirir las destrezas necesarias a fines
de alcanzar sus metas y las de la Agencia,
además, le orientará sobre Ley de Hostigamiento
Sexual en el Empleo, Ley de Etica
Gubernamental, Ley para la Administración de
Pruebas para el Uso y Abuso de Drogas y el
Reglamento de Normas y Conductas en la
Administración de Terrenos.