Regl. 6177, art. 12

Separabilidad

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Cite as Reglamento Núm. 6177, Art. 12

En caso de que un Tribunal de Jurisdicción competente declarase inconstitucional 18 cualquier sección, apartado, inciso, párrafo, cláusula O parte de este reglamento, la sentencia dictada no afectará, perjudicará O invalidará el resto de este reglamento. Los efectos de la decisión del Tribunal quedarán limitados a la sección, apartado, inciso, párrafo, cláusula O parte del reglamento que fuese declarado inconstitucional.
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