Regl. 6184, art. 15
DEFINICIONES
Cite as Reglamento Núm. 6184, Art. 15
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a
continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa:
1.
Adiestramiento de Corta Duración Significa adiestramiento práctico 0 los
estudios académicos que preparan al empleado para el mejor desempeño
de sus funciones.
2.
Administrador - Significa el Administrador de la Administración para La
Revitalización de las Comunidades.
3.
Administrador Individual Significa la agencia, organismo o programa cuyo
personal se rige por el principio de mérito y se administra en forma
autónoma con el asesoramiento, seguimiento y ayuda técnica de la Oficina.
4.
Agencia Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que
constituyen toda la jurisdicción de una autoridad nominadora,
independientemente de que se le denomine departamento, municipio,
corporación pública, oficina, administración, comisión, junta, tribunal, o de
cualquier otra forma.
5. Ascenso - Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a
un puesto de otra clase con funciones a nivel superior, cuando ocurre entre
agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma
agencia O entre agencias con un plan de clasificación uniforme, significa el
cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra
clase para la cual se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución más alto.
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6.
Autoridad Nominadora - Significa el Administrador de la Administración
para la Revitalización de las Comunidades.
7.
Clase o Clase de Puesto Significa un grupo de puestos cuyos deberes,
Ãndole de trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo
semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo tÃtulo.
8.
Clasificación de Puestos Significa la agrupación sistemática de puestos
en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle
igual tratamiento en la administración.
9.
Concepto de Clases - Significa una exposición escrita y narrativa en forma
concisa y genérica sobre el contenido funcional en términos de los deberes y
responsabilidades representativas de los puestos que enmarca.
10. Descenso - - Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase
a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando ocurre
entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la
misma agencia o entre agencias con un plan de clasificación uniforme,
significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto
en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mÃnimo de retribución más
bajo.
11. Descripción de Puestos Significa una exposición escrita y narrativa sobre
los deberes, autoridad y responsabilidades que envuelve un puesto en
especÃfico y por los cuales se responsabiliza al incumbente.
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12. Emergencia Significa una enfermedad grave 0 terminal o un accidente que
conlleve una hospitalización prolongada o que requiera tratamiento continuo
bajo la supervisión de un profesional de la salud, que sufra un empleado
público o miembro de su familia inmediata, que prácticamente imposibilite el
desempeño de las funciones del empleado por un periodo de tiempo
considerable.
13. Gobierno de Puerto Rico Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico y sus Agencias como se define en este Reglamento.
14. Grupo Ocupacional o Profesional - Significa una agrupación de clases y
series de clases que describe puestos comprendidos en el mismo ramo o
actividad de trabajo.
15. Institución - Significa cualquier organización o agencia de carácter público o
privado que ofrezca cursos de estudio o adiestramiento de naturaleza
práctica, académica, técnica o especializada.
16. Instituto Significa el Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio
Público, adscrito a la Oficina Central Asesoramiento Laboral y de
Administración de Recursos Humanos.
17. Ley - Significa la Ley 5 del 14 de octubre de 1975, según enmendada,
conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico".
18. Nombramiento Significa la designación oficial de una persona para
realizar determinadas funciones.
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19. Oficina y Oficina Central Significa la Oficina Central de Asesoramiento
Laboral y de Administración de Recursos Humanos.
20. Pago de MatrÃcula - Significa el pago total o parcial de los derechos de
asistencia o cursos universitarios especiales.
21. Plan de Clasificación - Significa un sistema mediante el cual se estudian,
analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que integran
una organización formando clases y series de clases.
22. Puesto Significa un conjunto de deberes y responsabilidades asignadas o
delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo de una
persona durante la jornada completa de trabajo o durante una jornada
parcial.
23. Reclasificación - Significa la acción de clasificar un puesto que habÃa sido
clasificado previamente. La reclasificación puede ser a nivel superior, igual o
inferior.
24. Renuncia Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un
empleado de su puesto.
25. Serie 0 Serie de Clases Significa una agrupación de clases que refleja los
distintos deberes jerárquicos de trabajo existente.
26. Servicio Público Significa las agencias incluidas dentro del Sistema de
Personal que se crea en virtud de la Ley, las agencias excluidas en la
Sección 10.6 de la Ley y cualquier otra instrumentalidad o subdivisión que se
creare en el futuro.
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27. Sistema o Sistema de Personal - Significa el Sistema de Personal del
Servicio Público de Puerto Rico.
28. Traslado - Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la
misma clase o a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar,
cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación.
Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias con un plan de
clasificación uniforme, significa, el cambio de un empleado de un puesto en
una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo
tipo mÃnimo de retribución.