Regl. 6184, art. 5-5.4 dup2
CONCEPTO DE LAS CLASES
Cite as Reglamento Núm. 6184, Art. 5-5.4 dup2
El Administrador preparará por escrito el concepto de cada una de las clases de
puestos comprendidas en el plan de clasificación que consistirá de una descripción
concisa y genérica sobre su contenido funcional en término de los deberes y
responsabilidades representativas de los puestos que enmarcan. Estas exposiciones
escritas se denominan conceptos de las clases.
Los conceptos serán descriptivos de todos los puestos comprendidos en la clase.
Estos no serán prescriptivos o restrictivos a determinados puestos en la clase. Serán
utilizados como el instrumento básico en la clasificación y reclasificación de puestos; en
las determinaciones respecto al reclutamiento; en la determinación de las líneas de
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ascensos, traslados y descensos; en la determinación de las necesidades de
adiestramiento del personal; en las determinaciones básicas relacionadas con los
aspectos de retribución, presupuesto y transacciones de personal y para otros usos en la
administración de personal.
El Administrador será responsable de mantener al día los conceptos de las clases
conforme a los cambios que ocurran en los programas y actividades de la
Administración, así como en la descripción de los puestos que conduzcan a la
modificación del plan de clasificación. Estos cambios serán registrados inmediatamente
después que ocurran o sean determinados.
Los conceptos de las clases contendrán en su formato general los siguientes
elementos, en el orden indicado:
1.
Título oficial de la clase y número de codificación.
2.
Naturaleza del trabajo, en donde se definirá en forma concisa y genérica, la
naturaleza y el nivel de trabajo envuelto.
3.
Aspectos distintivos del trabajo, en donde se identificarán las características
que diferencian una clase de otra.
4.
Ejemplos de trabajo, que incluirá las tareas comunes y típicas de los
puestos.
El Administrador establecerá un glosario, junto con los conceptos de las clases,
en donde se definirán en forma clara y precisa los términos y adjetivos utilizados en los
mismos para la descripción del trabajo y de los grados de complejidad y autoridad
inherentes.
Toda clase de puesto contendrá: título, la codificación numérica, asignación
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a la escala de sueldo que proceda y la fecha de efectividad; así como todo cambio que
se efectúe en los conceptos de las clases para mantenerlos al día a tono con el plan
organizativo funcional de la Administración y con los deberes de los puestos y serán
formalizado mediante la firma del Administrador de la Oficina Central.