Regl. 6184, art. 5-5.5 dup2
ESQUEMA OCUPACIONAL
Cite as Reglamento Núm. 6184, Art. 5-5.5 dup2
El Administrador, una vez agrupados los puestos, determinadas las clases que
constituirán el plan de clasificación y designadas con su tÃtulo oficial, preparará un
esquema ocupacional o profesional de las clases de puestos que se establezcan,
incluyéndolas dentro de los correspondientes grupos ocupacionales o profesionales que
se identifiquen. Este esquema reflejará la relación entre una y otra clase y entre las
diferentes series de clases que éstas constituyan dentro de un mismo grupo, y entre los
diferentes grupos y áreas de trabajo representadas en el plan de clasificación. Este
esquema formará parte del plan de clasificación.
El Administrador preparará y mantendrá al dÃa, para su distribución, una relación
de dicho esquema ocupacional o profesional, y una lista o Ãndice alfabético de las clases
de puestos comprendidas en el plan de clasificación.
Cada clase de puesto se identificará numéricamente en los documentos antes
indicados mediante una codificación basada en el esquema ocupacional o profesional
que se adopte. Esta numeración se utilizará como un medio de identificación de las
clases en otros documentos oficiales que se preparen.
14