Regl. 2342, art. 1918.105
PROTECCION PARA LA CABEZA
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.105
(a) Los empleados deberán estar protegidos por capacetes protectores
que cumplan con las especificaciones incluidas en American National
Standard Safety Requirements for Industrial Head Protection, Z89.1
(1969)
(b) Los capacetes protectores que han sido usados anteriormente
deberán ser limpiados y desinfectados antes de que el patrono se
los dé a otros empleados.