Regl. 6185, art. 6-6.4

EXÁMENES

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Cite as Reglamento Núm. 6185, Art. 6-6.4

A. El reclutamiento de personal de carrera se llevará a cabo mediante un proceso a virtud del cual los aspirantes compitan en igualdad de condiciones y sin discrimen por razones ajenas al mérito y a su condición de impedimento físico O mental, conforme lo establece la Ley ADA, mediante exámenes para cada clase de puesto que podrán consistir de pruebas escritas, orales, físicas, de ejecución, evaluación de experiencia y preparación, evaluaciones del supervisor, análisis del récord de trabajo y resultados de adiestramiento, o preferiblemente una combinación de éstos. La evaluación del supervisor se complementará con otras medidas. B. Los exámenes deberán medir la capacidad, aptitud y habilidad de las personas examinadas para el desempeño de los deberes de la clase de puesto con O sin ajustes razonables. Estos deberán desarrollarse razonablemente orientados hacia los deberes y responsabilidades que envuelve la clase de puesto. 25 C. Los exámenes deberán administrarse, en lo posible, en locales y lugares accesibles a los opositores que aseguren unas condiciones y ambiente adecuados, tomando en consideración la posibilidad de proveer acomodo razonable a las personas que así lo soliciten. D. Se citará a los exámenes de comparecencia a todo examinado cualificado, indicándole la fecha, hora y lugar en que deberá comparecer a tomar su examen. E. Toda persona que comparezca a examen se identificará mediante la constatación de su firma y de cualquier otro documento oficial, conforme al procedimiento que se establezca. F. Se podrá denegar admisión a examen si el candidato no comparece en la hora indicada en la tarjeta de citación. G. En el proceso de calificación de los exámenes escritos se mantendrá oculta la identidad de los opositores. H. Para ser elegible, toda persona examinada deberá obtener, por lo menos, la puntuación mínima que se establezca para cada examen. Se concederá a todo veterano, según este término se define en la "Carta de Derechos al Veterano Puertorriqueño", cinco (5) puntos 0 el cinco por ciento (5%), lo que sea mayor, sobre la calificación final, una vez aprobado el examen. A los veteranos que tengan una incapacidad relacionada con el servicio se les abonará cinco (5) puntos adicionales o el cinco por ciento (5%), lo que sea mayor, una vez aprobado el examen correspondiente. En caso de 26 muerte del veterano se concederá la puntuación que le hubiere correspondido al cónyuge supérstite si no ha contraído nuevo matrimonio, así como a los hijos del veterano que sean menores de edad y a los mayores de edad que estuvieren incapacitados de conformidad con la "Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño". Además, se sumarán cinco (5) puntos 0 el cinco por ciento (5%), lo que sea mayor, a la calificación obtenida por una persona con impedimento en cualquier prueba 0 examen, según la Ley 81 de 27 de julio de 1996, Ley de Oportunidades de Empleo para Personas con Impedimento. Este beneficio no aplicará si la persona con impedimento califica para recibir los beneficios conferido por la Ley 13 de 2 de octubre de 1980, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño", antes mencionada. I. Las personas examinadas recibirán información sobre sus calificaciones. J. Cualquier persona examinada podrá solicitar la revisión del resultado de su examen. Tendrá derecho a que se efectúe la revisión si lo solicitara dentro del período máximo de treinta (30) días a partir de la fecha de correo en que se envió la notificación del resultado del examen. Si como resultado de la revisión del examen se alterara la puntuación y turno del candidato, se hará el ajuste correspondiente, pero no se afectará ningún nombramiento efectuado. K. La revisión de los exámenes escritos de selección múltiple consistirá en calificarle el examen en presencia del candidato, mediante una clave 27 especial. En los demás casos se le explicará al candidato el procedimiento de calificación 0 evaluación del examen. L. Se podrán cancelar exámenes si los solicitantes no reúnen los requisitos exigidos, O han realizado o intentado cometer fraude o ha mediado engaño en la información sometida.
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