Regl. 6187, art. I-1.1(d)
El NIE reconoce que no toda persona es apta física y/o psicológicamente
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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. I-1.1(d)
para someterse a la prueba de polígrafo. Dicha prueba no se administrará bajo las
siguientes circunstancias, no estando limitada la prueba a las mismas:
A.
El examinado muestra señales de fatiga excesiva o padece de un serio
dolor o molestias físicas.
B.
El examinado está bajo la influencia de drogas o alcohol.
C.
El examinado da señales de depresión o no puede distinguir entre el bien y
el mal.
D.
La persona a examinarse padece de alguna enfermedad que por su
naturaleza impide suministrarle la prueba.
E.
La persona a examinarse es una mujer embarazada. Si las circunstancias
ameritan la administración de la prueba a una mujer embarazada, su doctor
deberá aprobar la misma por escrito.