Regl. 6187, art. I-1.1(d)

El NIE reconoce que no toda persona es apta física y/o psicológicamente

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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. I-1.1(d)

para someterse a la prueba de polígrafo. Dicha prueba no se administrará bajo las siguientes circunstancias, no estando limitada la prueba a las mismas: A. El examinado muestra señales de fatiga excesiva o padece de un serio dolor o molestias físicas. B. El examinado está bajo la influencia de drogas o alcohol. C. El examinado da señales de depresión o no puede distinguir entre el bien y el mal. D. La persona a examinarse padece de alguna enfermedad que por su naturaleza impide suministrarle la prueba. E. La persona a examinarse es una mujer embarazada. Si las circunstancias ameritan la administración de la prueba a una mujer embarazada, su doctor deberá aprobar la misma por escrito.
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