Regl. 6187, art. I-1.1(f)
Sólo los poligrafistas del NIE administrarán pruebas previamente
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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. I-1.1(f)
autorizadas. Un poligrafista externo administrará pruebas en circunstancias extremas.
Bajo estas circunstancias, sólo poligrafistas que han completado adiestramiento con
estándares similares o mayores a los establecidos más adelante, llevarán a cabo las
pruebas.