Regl. 6187, art. I-1.1(f)

Sólo los poligrafistas del NIE administrarán pruebas previamente

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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. I-1.1(f)

autorizadas. Un poligrafista externo administrará pruebas en circunstancias extremas. Bajo estas circunstancias, sólo poligrafistas que han completado adiestramiento con estándares similares o mayores a los establecidos más adelante, llevarán a cabo las pruebas.
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