Regl. 6187, art. VII-7.3(c)
El poligrafista emitirá su opinión en una de las siguientes tres (3) formas:
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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. VII-7.3(c)
1. Decepción Indicada (DI) implica que la persona examinada no fue honesta al
contestar preguntas relevantes (pertinentes).
2. Decepción No Indicada (DNI) implica que el examinado fue honesto al
contestar preguntas relevantes (pertinentes).
3. Inconcluso (INC) significa que el examinador no pudo emitir una opinión sobre
la honestidad de la persona basada en los datos gráficos.