Regl. 6187, art. VII-7.5

Anotaciones en las gráficas

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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. VII-7.5

Para propósitos de claridad, en las gráficas se anotará la información necesaria relacionada con la prueba. Esta debe incluir: 1. Número de la gráfica 2. Nombre del examinado 3. Número del caso 4. Fecha de la prueba 5. Nombre del examinador 6. Número de pregunta 7. Momento de respuesta 8. Ajustes en la sensibilidad Página 14 9. Hora de comienzo y terminación de la prueba 10. Movimiento del individuo 11. Cualquier otra información necesaria
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