Regl. 6187, art. VI-6.0

Propósitos de la prueba

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Cite as Reglamento Núm. 6187, Art. VI-6.0

Los agentes del NIE también podrán hacer uso de las pruebas de polígrafo para poder 1) corroborar testimonios de víctimas, 2) establecer la credibilidad de testigos o informantes y 3) evaluar la veracidad de sospechosos. Podrá utilizarse esta técnica en investigaciones donde la única prueba existente sea testimonial También se podrá utilizar como herramienta para estrechar el foco de la investigación donde existan múltiples sospechosos, para corroborar la participación de informantes y la divulgación de información sobre investigaciones en el NIE a otras agencias. Las pruebas también formarán parte del proceso de selección de candidatos previo empleo en el NIE.
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