Regl. 6188, art. 11-11.1
NORMA GENERAL
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Cite as Reglamento Núm. 6188, Art. 11-11.1
Los beneficios marginales representan un ingreso adicional para el
empleado, seguridad y mejores condiciones de empleo. La administración del
programa de beneficios marginales, en forma justa y eficaz, propende a
establecer un clima de buenas relaciones y satisfacción en el empleado, que
contribuye a su mayor productividad y eficiencia. El Administrador es responsable
de velar porque el disfrute de los beneficios marginales se lleven a cabo conforme
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a un plan que mantenga el adecuado balance entre las necesidades del servicio y
las necesidades del empleado, y la utilización óptima de los recursos disponibles.
Constituye responsabilidad primordial de la Administración el mantener a
los empleados debidamente informados y orientados sobre los beneficios
marginales y los términos y condiciones que rigen su disfrute.