Regl. 6188, art. 15

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 6188, Art. 15

Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa: 1. Adiestramiento de Corta Duración - Significa adiestramiento práctico o los estudios académicos que preparan al empleado para el mejor desempeño de sus funciones. 2. Administrador - Significa el Administrador de la Administración de Vivienda Pública. 3. Administrador Individual - Significa la agencia, organismo o programa cuyo personal se rige por el principio de mérito y se administra en forma autónoma con el asesoramiento, seguimiento y ayuda técnica de la Oficina. 4. Agencia - Significa el conjunto de funciones, cargos y puestos que constituyen toda la jurisdicción de una autoridad nominadora, independientemente de que se le denomine departamento, municipio, corporación pública, oficina, administración, comisión, junta, tribunal, o de cualquier otra forma. 5. Ascenso - Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto de otra clase con funciones a nivel superior, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia 0 entre agencias con un plan de 79 clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más alto. 6. Autoridad Nominadora - Significa el Administrador de la Administración de Vivienda Pública. 7. Clase o Clase de Puesto Significa un grupo de puestos cuyos deberes, índole de trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo título. 8. Clasificación de Puestos - Significa la agrupación sistemática de puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración. 9. Concepto de Clases - Significa una exposición escrita y narrativa en forma concisa y genérica sobre el contenido funcional en términos de los deberes y responsabilidades representativas de los puestos que enmarca. 10. Descenso - Significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia o entre agencias con un plan de clasificación uniforme, significa el cambio de un empleado de un 80 puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más bajo. 11. Descripción de Puestos - Significa una exposición escrita y narrativa sobre los deberes, autoridad y responsabilidades que envuelve un puesto en específico y por los cuales se responsabiliza al incumbente. 12. Emergencia - Significa una enfermedad grave O terminal o un accidente que conlleve una hospitalización prolongada 0 que requiera tratamiento continuo bajo la supervisión de un profesional de la salud, que sufra un empleado público o miembro de su familia inmediata, que prácticamente imposibilite el desempeño de las funciones del empleado por un periodo de tiempo considerable. 13. Gobierno de Puerto Rico - Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus Agencias como se define en este Reglamento. 14. Grupo Ocupacional o Profesional - Significa una agrupación de clases y series de clases que describe puestos comprendidos en el mismo ramo 0 actividad de trabajo. 15. Institución - Significa cualquier organización 0 agencia de carácter público 0 privado que ofrezca cursos de estudio 0 adiestramiento de naturaleza práctica, académica, técnica 0 especializada. 81 16. Instituto - Significa el Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio Público, adscrito a la Oficina Central Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos. 17. Ley - Significa la Ley 5 del 14 de octubre de 1975, según enmendada, conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico". 18. Nombramiento - Significa la designación oficial de una persona para realizar determinadas funciones. 19. Oficina y Oficina Central - Significa la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos. 20. Pago de Matrícula - Significa el pago total o parcial de los derechos de asistencia 0 cursos universitarios especiales. 21. Plan de Clasificación - Significa un sistema mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que integran una organización formando clases y series de clases. 22. Puesto - Significa un conjunto de deberes y responsabilidades asignadas o delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo de una persona durante la jornada completa de trabajo 0 durante una jornada parcial. 82 23. Reclasificación - Significa la acción de clasificar un puesto que había sido clasificado previamente. La reclasificación puede ser a nivel superior, igual o inferior. 24. Renuncia - Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un empleado de su puesto. 25. Serie o Serie de Clases - Significa una agrupación de clases que refleja los distintos deberes jerárquicos de trabajo existente. 26. Servicio Público - Significa las agencias incluidas dentro del Sistema de Personal que se crea en virtud de la Ley, las agencias excluidas en la Sección 10.6 de la Ley y cualquier otra instrumentalidad O subdivisión que se creare en el futuro. 27. Sistema o Sistema de Personal - Significa el Sistema de Personal del Servicio Público de Puerto Rico. 28. Traslado - Significa el cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma clase 0 a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar, cuando ocurre entre agencias con diferentes planes de clasificación. Cuando ocurre en la misma agencia 0 entre agencias con un plan de clasificación uniforme, significa, el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo tipo mínimo de retribución. 83
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