Regl. 2342, art. 1918.43 dup2

MANEJO DE VIGAS Y CUBIERTAS

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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.43 dup2

Solamente los párrafos (f) (2), (h) e (i) de esta sección se aplican a las cubiertas metálicas para escotillas plegadizas, corredizas o fijas, o a las cubiertas de escotillas manejadas por grúas mantenidas para ese propósito. (a) (1) Cuando se estiban cubiertas de escotillas o pontones en la cubierta superior frente a escotillas, éstos deberán estar dispuestos en pilas estables que no estén a menos de 3 pies de la brazola de escotilla de la escotilla; y cuando estén en el lado de la cubierta, no se deberán apilar a una altura mayor que la brazola de escotilla a menos que estén colocados entre la brazola de escotilla y la baranda, sin espacio entre ellos, y que la brazola de escotilla mida, por lo menos, 24 pulgadas de altura. (2) Cuando, en el caso de los pontones, los requisitos del sub-párrafo (1) de este párrafo no se puedan cumplir debido al espacio tan estrecho en el área de trabajo disponible, los pontones se pueden estibar a una altura mayor de un piso contra la brazola de escotilla, siempre y cuando se mantenga no menos de 24 pulgadas de altura de la brazola de escotilla de la escotilla en el lado de trabajo de la embarcación. Si los pontones se tienen 239 Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones que estibar más cerca de los 3 pies y más alto que la brazola de escotilla, se deberán asegurar contra movimiento. (3) Cuando en embarcaciones en alta mar se remueven tablones estándares de las vigas que están en una sección de las escotillas parcialmente abiertas durante el manejo, limpieza u otras operaciones de carga, éstos no se deberán estibar sobre las que quedan en su sitio dentro de esa sección. (b) Las vigas se pondrán acostadas o paradas, y amarradas unas con otras: Este párrafo no aplicará en los casos donde las vigas son de tal diseño que (1) el ancho del reborde es 50 por ciento más que el alto de la plancha y (2) cuando una viga está parada, el reborde descansa sobre la cubierta. (c) Los puentes, las cubiertas de las escotillas y los pontones se deberán poner de manera que no interfieran con el pasadizo seguro desde la baranda a la brazola de escotilla de la escotilla o proa y popa, y se deberán afianzar para que no se puedan virar sobre o dentro de las escotillas o fuera del barco por viento 0 equipo. Se deberá usar abarrote u otro material adecuado por debajo de y entre las filas de los puentes y los pontones. (d) Las cubiertas de las escotillas descargadas en una cubierta intermedia deberán ponerse, por lo menos, a 3 pies de la brazola de escotilla o deberán ser removidas a otra cubierta. Los puentes descargados en una cubierta intermedia no deberán colocarse más cerca de 6 pulgadas de la brazola de escotilla. Si se ponen más cerca de 3 pies se deberán afianzar para que no se vire sobre, o caiga dentro de un compartimento inferior. Si ésto no es posible, se removerán a otra cubierta. 239 Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones (e) Para que no se suelte por accidente, se deberá amarrar, inmovilizar 0 afianzar, de otra forma, cualquier viga o pontón en un lugar adyacente a una sección a través de la cual se esté trabajando en carga, abarrote, equipo u otro material. Se deberán remover de cualquier sección de trabajo todas las cubiertas de escotillas portátiles y manejadas manualmente, incluso las que están amarradas unas con otras para hacer una cubierta más grande. (f) (1) La viga cilíndrica de escotilla en la punta de la sección abierta de la escotilla, se deberá amarrar o aguantar para que no se mueva hacia la sección abierta. (2) Las cubiertas cilindricas, seccionales o de secciones compresibles de escotillas de lanchones que abren hacia proa y hacia popa, se deberán afianzar para impedir movimientos no intencionales mientras estén en la posición abierta. 239 1918.43(f)(2) 1918.43(g) Seguridad y Salud en el Trabajo Normas e Interpretaciones (g) Cuando se va a cubrir una escotilla, se deberá usar una cubierta de escotilla o caseta nocturna. No se deberá cubrir con una cualquier cubierta parcial de la escotilla, tales como cubiertas alternas de escotillas o abarrotes. (h) Las cubiertas de escotillas articuladas 0 plegadizas que se estiban normalmente en una posición vertical se deberán asegurar eficazmente cuando estén en posición vertical. (i) No se deberán abrir ni cerrar las escotillas mientras haya empleados en el área justo debajo de la escotilla. 1918.43(i) 240 Seguridad y Salud en el Trabajo 1918 Normas e Interpretaciones PARTE 1918 - TRABAJO DE ESTIBADORES SUB-PARTE F - EQUIPO DE LA EMBARCACION PARA MANEJAR CARGA
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