Regl. 6188, art. 5-5.2 dup2
DESCRIPCIÓN DE PUESTOS
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Cite as Reglamento Núm. 6188, Art. 5-5.2 dup2
Conforme a su plan organizativo funcional, la Administración preparará y
mantendrá al día, para cada puesto autorizado, una descripción clara y precisa de
los deberes y responsabilidades, así como el grado de autoridad y supervisión
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adscrito al mismo. Esta descripción estará contenida en el cuestionario oficial que
a tales fines adopte la Administración y de estar el puesto ocupado, deberá estar
firmado por el empleado, por su supervisor inmediato y por el Administrador O su
representante autorizado. Si el puesto está vacante, el cuestionario será firmado
por el supervisor y por el Administrador o su representante autorizado.
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, así como
en el grado de autoridad y supervisión adscritos a los puestos se registrará de
inmediato en el cuestionario de clasificación y se pasará juicio sobre la
clasificación de los puestos en atención a las necesidades de la Agencia y en
intervalos de tiempo razonable que no deben ser menor de una vez al año.
El original del cuestionario oficial formalizado inicialmente, así como el de
toda revisión posterior que se efectúe, será sometido a la Oficina Central para que
éstos verifiquen si cumple con los criterios establecidos para estar comprendido
en el servicio de confianza e incluirlo en el Plan de Puestos de Confianza.
Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser nombrado y
tome posesión del puesto y cuando ocurran cambios en la descripción del mismo
que resultaren en la formalización de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se
utilizará para orientar, adiestrar y supervisar al empleado de acuerdo a los
procedimientos que establezca la Administración. Se retendrá y conservará en
forma adecuada y accesible una copia de toda descripción formalizada para cada
puesto, junto a cualquier otra documentación relacionada con el historial de
clasificación del puesto. Este acopio de información, en orden de fechas
constituirá, a nivel de la Administración el expediente oficial e individual de cada
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puesto y será utilizado como marco de referencia en los estudios y acciones que
se requieran en relación con la clasificación de puestos.
Copia del cuestionario de clasificación de cada puesto deberá ser provisto
a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, según esta agencia establezca en sus
procedimientos al tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se
soliciten acciones posteriores relacionadas con su clasificación.