Regl. 2342, art. 1918.75
NOTIFICACION A LOS OFICIALES DE LA EMBARCACION
Length: 287 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.75
ANTES DE USAR CIERTO EQUIPO
(a) E1 patrono deberá notificar al oficial a cargo de la embarcación
antes de traer a bordo herramientas de combustión interna o eléctricas,
equipo o vehículos.
(b) E1 patrono también deberá notificar al oficial a cargo de la
embarcación antes de usar la energía eléctrica de la embarcación para
la operación de cualquier herramienta o equipo eléctrico.
259
1918.75 (b)
Seguridad y Salud en el Trabajo
1918.76
Normas e Interpretaciones
1918.76 - CONEXION A TIERRA
(a) Los marcos de las herramientas y del equipo eléctrico portátil
con excepción de las herramientas con aislación doble aprobadas por
el Underwriters' Laboratories, Inc., deberán estar conectados a
tierra a través de un tercer alambre en el cable que contenga los
conductores de circuito, o a través de un alambre separado que este
conectado a tierra en la fuente de la corriente.
(b) Los circuitos de conexión a tierra, que no sean por medio de la
estructura de la embarcación, donde se está usando el equipo, deberán
ser inspeccionados para asegurar que el circuito entre la tierra y
el conductor de energía conectado a tierra tiene la resistencia lo
suficientemente baja para permitir que fluya bastante corriente para
que el fusible o el interruptor de circuito interrumpa la corriente.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
260
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
PARTE 1918 - TRABAJO DE ESTIBADORES
SUBPARTE H - MANEJO DE CARGA
1918.81
Sistemas de eslingas.
1918.82
Construcción de calado.
1918.83
Carga estibada, apilada y desapilada.
1918.84
Arrastre de carga.
1918.85
Carga en contenedores.
1918.86
Carga que representa un riesgo.
261
1918.81 (a)
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
SUBPARTE H - MANEJO DE CARGA⁴