Regl. 6191, art. V dup2
APROVECHAMIENTO DE MATERIAS:
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Cite as Reglamento Núm. 6191, Art. V dup2
Es requisito indispensable la participación activa, asistencia puntual, y el
reconocimiento acreditativo mediante certificación de haber participado eficazmente de
las materias elegidas por el Diseñador-Decorador (con interés). Será requisito
indispensable haber completado todas las materias ofrecidas según el prontuario o
calendario de duración en atención de las horas contacto señaladas de acuerdo con la
aprobación determinada por la Junta. (Entiéndase que los cursos a los cuales se asista
deben ser aprovechados en todas sus horas contacto, según aprobado por la Junta).
La Junta tendrá la prerrogativa para evaluar y determinar la acreditación de
materias, cursos, talleres y seminarios que hayan sido aprovechados por cualquier
Diseñador-Decorador "licenciado activo" en o fuera de Puerto Rico, en alguna institución
o entidad reconocida siempre y cuando dichas materias guarden relación con la profesión
o se demuestre afinidad para el enriquecimiento y mejoramiento de la profesión.
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Para la acreditación de materias "extramuro" el profesional interesado en su
acreditación deberá presentar documentación ante la Junta para su evaluación y
aprobación correspondiente, y el certificado lo presentará a CODDI para su registro.