Regl. 6191, art. V dup2

APROVECHAMIENTO DE MATERIAS:

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Cite as Reglamento Núm. 6191, Art. V dup2

Es requisito indispensable la participación activa, asistencia puntual, y el reconocimiento acreditativo mediante certificación de haber participado eficazmente de las materias elegidas por el Diseñador-Decorador (con interés). Será requisito indispensable haber completado todas las materias ofrecidas según el prontuario o calendario de duración en atención de las horas contacto señaladas de acuerdo con la aprobación determinada por la Junta. (Entiéndase que los cursos a los cuales se asista deben ser aprovechados en todas sus horas contacto, según aprobado por la Junta). La Junta tendrá la prerrogativa para evaluar y determinar la acreditación de materias, cursos, talleres y seminarios que hayan sido aprovechados por cualquier Diseñador-Decorador "licenciado activo" en o fuera de Puerto Rico, en alguna institución o entidad reconocida siempre y cuando dichas materias guarden relación con la profesión o se demuestre afinidad para el enriquecimiento y mejoramiento de la profesión. -4- Para la acreditación de materias "extramuro" el profesional interesado en su acreditación deberá presentar documentación ante la Junta para su evaluación y aprobación correspondiente, y el certificado lo presentará a CODDI para su registro.
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