Regl. 2342, art. 1918.81
SISTEMA DE ESLINGAS
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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.81
(a)
La eslingada deberá estar suspendida de modo seguro antes de
ser izada. Los abarrotes o escombros sueltos que cuelguen o sobresalgan de las cargas se deberán remover.
(b)
Las bridas para manejar carga, tales como las bridas de
paleta, las cuales deben quedar enlazadas al equipo para izar
mientras se izan eslingadas sucesivas, deberán estar enlazadas por
grilletes u otros medios eficaces para evitar que se suelten accidentalmente del gancho de carga.
(c) Las eslingadas de madera, tubería, abarrote y otras piezas
cuya parte superior no esté amarrada a la eslinga, deberán estar
suspendidas de manera que se eviten los deslizamientos. Se deberán
usar eslingas dobles en abarrotes sin amarrar, excepto cuando su
uso no sea posible debido al tamaño de la abertura de la escotilla
O del tanque hondo.
(d)
Los ganchos para cajas no se deberán usar para manejar cajas
dentro O fuera de la embarcación, a menos que las cajas estén
diseñadas para ser manejadas por este medio.
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
NORMAS E INTERPRETACIONES
(e) Las balas de algodón, lana, corcho, pulpa de madera, bolsas
de yute u otros artículos similares no deberán ser izadas dentro o
fuera de la embarcación por las correas a menos que éstos tengan
resistencia suficiente para sostener el peso de la bala y de dos
ganchos, cada uno en una correa separada.
(f) Se deberá proveer líneas con rótulos para cargas que requieran que se guíen manualmente de manera contínua mientras están en
movimiento.
(g) No se deberá izar una eslingada a menos que el operador (o
los operadores) del malacate o la grúa pueda ver claramente la
eslingada o las señales del encargado de señales relacionado con
la operación.
⁴⁴⁶ CFR Partes 146-147 incluyen las reglas del U.S. Coast Guard
relacionadas con el manejo de explosivos y otras cargas peligrosas.