Regl. 2342, art. 1918.83

CARGA ESTIBADA, APILADA Y DESAPILADA

Length: 107 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.83

(a) Cuando sea necesario, la carga se deberá asegurar o calzar para evitar que se mueva o caiga. (b) Cuando se desapila la carga, se deberán tomar precauciones para evitar que se caiga el resto de la carga. (c) El capataz deberá tener un control de los empleados que estiban carga a granel. Antes de cerrar cualquier compartimiento "refrigerado", se deberá hacer una inspección para asegurar que no quedan empleados adentro. Se deberán hacer inspecciones frecuentes para asegurar la seguridad de cualquier empleado que trabaje solo en un tanque O un compartimiento de carga. 1918.83 (c) 262 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1918.84( NORMAS E INTERPRETACIONES
Regl. 2342, art. 1918.83: CARGA ESTIBADA, APILADA Y DESAPILADA | Justis AI