Regl. 2342, art. 1918.86

CARGA QUE PRESENTAN RIESGO

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Cite as Reglamento Núm. 2342, Art. 1918.86

(a) Antes de comenzar las operaciones de carga, un representante responsable del patrono deberá asegurarse por los rótulos en la carga, por el manifiesto de carga peligrosa, O por otros documentos de embarque, qué carga arriesgada se debe manejar y la naturaleza del riesgo. Deberá informar a los empleados sobre la naturaleza general del riesgo, la importancia de evitar daños a la carga, y las precauciones especiales a tomarse. El representante responsable del patrono a bordo de la embarcación deberá instruir a los empleados para que le notifiquen a él sobre filtraciones o derrames. 265 1918.86 (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES (b) Las eslingadas de carga que el patrono haya determinado como arriesgadas deberán estar aseguradas de forma tal que ni la eslingada ni los paquetes individuales puedan caerse como resultado de que la eslingada se vire o que se afloje el equipo de apoyo. (c) Si alguna carga determinada por el patrono como arriesgada se derrama O tiene alguna filtración seria, se deberá sacar a los empleados del lugar o compartimiento hasta que el patrono haya determinado los riesgos específicos, haya provisto equipo protector personal, ropa y equipo protector contra ventilación y fuego según sea necesario para evitar, o proteger de, el riesgo. Además, debe instruir a los empleados sobre el método seguro de limpieza y de disposición del derrame o el manejo y la disposición de los contenedores con derrames. El trabajo de limpieza y disposición se deberá llevar a cabo bajo la supervisión personal de un representante responsable del patrono que esté a bordo de la embarcación. 265 1918.86 (c) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES 266 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1918 NORMAS E INTERPRETACIONES PARTE 1918 - TRABAJO DE ESTIBADORES SUB-PARTE I - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO 1918.91 Orden y Limpieza. 1918.92 Alumbrado. 1918.93 Ventilación y condiciones atmosféricas. 1918.94 Higiene y agua potable. 1918.95 Operaciones de estibadores cerca de operaciones de reparación y mantenimiento. 1918.96 Equipo de primeros auxilios y equipo salvavida. 1918.97 Calificación de operadores de maquinaria. 1918.98 Almacenaje de granos en embarcación. 1918.99 Operaciones comerciales de buceo. 267 1918 1918.91 (a) SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO NORMAS E INTERPRETACIONES SUBPARTE I - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
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