Regl. 6208, art. 15.22

Puerto Rico

Last amended: 2000Length: 436 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6208, Art. 15.22

10 6.45 5.57 5 0 1970 1980 1990 Año Fuente: Junta de Planificación, Indicadores Socioeconómicos por Municipio, 1995. Ingreso Promedio y Familias Bajo el Nivel de Pobreza AI comparar los datos para 1970 y 1980, los municipios de la Región Este incrementaron su ingreso promedio de $3,632 a $7,011, siendo significativo el cambio registrado para el municipio de Culebra, donde sobrepasó el promedio de Puerto Rico ($8,271) por $5,217. No obstante, los demás municipios presentaron en ambos años niveles de ingreso por debajo del promedio de Puerto Rico, excepto Ceiba. En 1980, el municipio de Patillas registró el ingreso menor de la región (Tabla 8). 36 Junta de Planificación Planes Regionales de Puerto Rico Región Este El Ingreso Promedio en 1990 aumentó en todos los municipios. Durante esta década Ceiba tuvo el mayor ingreso promedio de la región ($16,278), siendo mayor que el promedio de Puerto Rico. El resto de los municipios tuvieron un ingreso menor al de Puerto Rico total. El municipio de Vieques fue el de menor ingreso promedio con $8,930. El número de familias bajo el nivel de pobreza ha ido aumentando desde 1970. En 1970 los municipios de Ceiba, Culebra y Fajardo tenían una proporción de familias bajo el nivel de pobreza inferior al de Puerto Rico; en 1980 sólo Ceiba y Culebra. En 1990 seis municipios presentaron un por ciento inferior al de Puerto Rico. La región tenía en 1990 un total de 47,783 familias bajo el nivel de pobreza, lo que representó un 9.7 por ciento del total de Puerto Rico (492,025 familias bajo el nivel de pobreza). TABLA 8 Ingreso Promedio y Nivel de Pobreza, 1970-1990 Ingreso Promedio Familias Bajo el Nivel de Pobreza Municipio (Número) (Porciento) 1970 1980 1990 1970 1980 1990 1970 1980 1990 Ceiba $4,503 $9,076 $16,278 1,142 1,700 1,761 48.9 46.5 42 Culebra 5,432 13,488 14,719 97 102 133 56 0 32.9 34 Fajardo 4,628 7,041 14,108 2,826 4,877 4,847 50.9 60.5 50 Humacao 3,875 7,352 14,193 4,594 6,885 7,720 66.1 63.2 56 Juncos 3,556 6,335 12,267 3,011 4,003 4,658 64.9 66.3 59 Las Piedras 3,335 6,546 14,597 2,543 3,610 3,992 68.4 67.5 55 Luquillo 3,789 6,362 13,128 1,435 2,301 2,513 63.2 63.9 55 Maunabo 2,572 5,117 9,955 1,545 1,917 2,038 82.0 75.6 71 Naguabo 3,188 6,138 11,581 2,578 3,297 3,534 70.5 67.3 62 Patillas 2,898 5,024 10,114 2,544 2,849 3,386 76.5 75.8 71 Río Grande 3,564 7,168 13,337 2,923 4,910 6,176 66.0 60.5 55 Vieques 3,272 5,281 8,930 1,038 1,410 1,484 69.4 75.8 70 Yabucoa 2,600 6,210 12,149 4,445 4,698 5,541 81.4 69.4 64 Región Este 3,632 7,011 12,720 30,721 42,559 47,783 66.48 63.48
Regl. 6208, art. 15.22: Puerto Rico | Justis AI