Regl. 6213, art. 7 dup2
Reglamento para el Aprovechamiento, Uso, Conservación y Administración de las Aguas de Puerto Rico.
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Cite as Reglamento Núm. 6213, Art. 7 dup2
PERMISOS PARA SISTEMAS DE EXTRACCIÓN Y RASTREO
7.1 EN GENERAL
Los permisos que otorga el Departamento estarán enfocados a que el diseño del sistema
garantice la protección y utilización eficiente del recurso agua. El permiso otorgado por el
Departamento no exime al peticionario de cumplir con las demás leyes y reglamentos
aplicables en cada caso, incluyendo, pero sin limitarse a, los reglamentos vigentes de la
Junta de Planificación, la Administración de Reglamentos y Permisos, la Junta de Calidad
Ambiental y el Departamento de Salud. La construcción y operación de pozos de remedio 0
investigación ambiental se rigen por las disposiciones del ArtÃculo 10 de este reglamento.
7.2
PROHIBICIÓN
Ninguna persona causará 0 permitirá la construcción, el sellado, la limpieza, el profundizar 0
cualquier alteración a un pozo, una toma de agua 0 una represa sin tener el permiso
correspondiente, otorgado por el Secretario conforme a las disposiciones del ArtÃculo 7 O del
ArtÃculo 10 de este reglamento. Esta prohibición no aplicará a los casos de sellado de pozo
ordenados por el Secretario.
7.3
PERSONAS QUE PUEDEN SOLICITAR PERMISOS
El Solicitante de un permiso podrá ser el dueño de la propiedad, 0 el arrendatario 0 tenedor
del usufructo con el consentimiento escrito del dueño. La solicitud podrá ser presentada y
firmada por un representante autorizado por escrito por el Solicitante.
7.4
PRESENTACIÓN DE SOLICITUD
En el caso de una solicitud de permiso de construcción que conlleve una franquicia nueva,
ésta deberá acompañarse con la solicitud de franquicia requerida en el ArtÃculo 8 de este
reglamento. En el caso de franquicia 0 derecho adquirido existente, la solicitud de permiso de
construcción hará referencia a la franquicia 0 derecho adquirido existente. Cuando se solicite
permiso de construcción para el hincado de pozos con el propósito de observación 0 para
hacer barrenos de prueba, no será necesaria una solicitud de franquicia. Cuando se solicite
permiso de construcción para un sistema de extracción que esté sujeto a cumplir con la
reglamentación del Cuerpo de Ingenieros del Departamento del Ejército de los Estados
Unidos(CI) de la Junta de Calidad Ambiental(JCA) 0 la Junta de Planificación, deberá
presentar la solicitud utilizando el formulario especial preparado para ese propósito.
7.5 INFORMACIÓN REQUERIDA AL SOLICITANTE Y PRESENTACIÓN DE LA
SOLICITUD
El solicitante de un permiso relacionado con un pozo, toma de agua 0 represa someterá la
siguiente información:
a. Nombre, dirección residencial y postal, número de teléfono y número de seguro
social. En el caso de corporaciones, se debe incluir el Certificado de
Incorporación, el Certificado de Vigencia Corporativa 0 cualquier documento
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expedido por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico que certifique que la
compañÃa está autorizada a hacer negocios en Puerto Rico y el nombre y puesto
del representante de la corporación, disponiéndose que, si el representante es
miembro de una entidad ajena a la corporación, se deberá someter copia del
contrato que acredita la representación 0, en su defecto, cualquier otro
documento corporativo que la acredite. En el caso de otras organizaciones,
tales como sociedades y comunidades de bienes, entre otras, se incluirá una
resolución de los miembros autorizando la solicitud mediante afidávit.
b. El interés del solicitante en los terrenos donde está ubicado el sistema de
extracción. Si el solicitante no es el propietario, incluirá el nombre, dirección
residencial y postal y número de teléfono del propietario. Dueño 0 no de la
propiedad, incluirá copia de la escritura de la propiedad. Si no es el dueño,
someterá prueba escrita que demuestre el consentimiento del dueño de la
propiedad a la solicitud. Si no existe escritura, deberá hacer constar estos
hechos mediante una declaración jurada.
C. La localización del pozo, toma de agua, represa u otro sistema de extracción 0
uso propuesto en una copia de un mapa topográfico a escala 1:20,000. Incluirá
además la localización por municipio, barrio, carretera, kilómetro y coordenadas.
d. Un diagrama de la propiedad 0 porción de ésta donde estará localizado el
sistema de extracción con una descripción completa del sistema de extracción 0
uso propuesto y mostrando la localización del sistema de aprovechamiento,
edificios, caminos, cuerpos de agua cercanos y cualquier otra actividad de
extracción 0 aprovechamiento de agua en un radio de mil (1,000) pies alrededor
del punto de la obra propuesta. El diagrama debe indicar el flujo del agua desde
el sistema de extracción hasta el área de almacenaje (tanques, charcas, etc.) y
lugar de uso y de ahà hasta el sistema de tratamiento de las aguas usadas, si
alguno, y la disposición de las aguas usadas.
e. Datos referentes al diseño y la construcción del pozo, toma de agua superficial 0
represa propuesta.
En el caso de un pozo esta información incluirá la profundidad anticipada de la
zona de extracción, el diámetro del barreno y camisilla a instalarse, la modalidad
de construcción, el tipo de rejilla a utilizarse y las medidas para minimizar la
intrusión salina en acuÃferos costeros.
En el caso de una toma de agua 0 represa se debe incluir el plano del diseño de
la estructura y su relación con la topografÃa del predio, la localización y el tamaño
de los tubos 0 canales propuestos, la localización, tipo y capacidad del equipo
de bombeo, la localización y el tipo de medidor de flujo y las medidas
contempladas para proteger el medio ambiente (tales como disipadores de
energÃa y escaleras 0 rampas para el movimiento de peces).
En el caso de una modificación al sistema de extracción deberá incluir una
descripción de la construcción actual y los cambios propuestos.
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f. El nombre del tenedor de la franquicia 0 derecho adquirido y el número de la
franquicia 0 certificado de inscripción de derecho adquirido, según sea el caso.
Debe indicarse además si la nueva obra a construirse se ha de añadir a las
facilidades de extracción existentes, 0 si reemplazará las facilidades existentes.
En aquellos casos de solicitud de permiso de construcción que conlleve una
franquicia nueva 0 enmienda de una franquicia vigente, será necesario someter
una solicitud de franquicia en cumplimiento con lo dispuesto en la sección 8.4 u
8.17 de este reglamento, según sea aplicable.
g. Para cada toma de agua 0 represa, que altere la sección del cauce natural se
deberá someter un análisis hidrológico-hidráulico que presente los cambios en
niveles como producto de la obra. El diseño final debe asegurar que la
estructura 0 su sistema de canales no constituyan un riesgo de inundación y que
cumplan con la reglamentación vigente de la Junta de Planificación sobre las
zonas susceptibles a inundaciones.
h. Endoso del Departamento de Salud a todo uso que esté sujeto al cumplimiento
con los reglamentos de dicha Agencia.
i.
Cualquier información pertinente que le sea requerida por el Secretario.
Las solicitudes deberán presentarse en los formularios oficiales diseñados
para este propósito. La presentación deberá hacerse en la Oficina de
SecretarÃa en la sede central del Departamento; 0 en la Oficina Regional
correspondiente al lugar del aprovechamiento propuesto, sujeto a revisión por
la Oficina de SecretarÃa, excepto cuando la solicitud sea para un permiso para
la construcción de un sistema de extracción que esté sujeta a cumplir con la
reglamentación del CI, JCA y JP, en cuyo caso la solicitud será presentada en la
Oficina de SecretarÃa a nivel central. Las solicitudes con información
incompleta serán devueltas y no se considerarán presentadas para efectos de
este reglamento. Los términos para el proceso de evaluación comenzarán a
contar desde la fecha de la presentación de solicitudes completas.
7.6
REQUISITOS ESPECIALES
El Secretario podrá requerir información adicional a la enumerada en la sección 7.5 y la
ejecución de acciones especiales, incluyendo, pero sin limitarse a, el hincado y uso de pozos
de observación, pruebas de bombeo, pruebas de calidad de agua, monitorÃa e informes
especiales cuando la situación lo amerite.
7.7
ACCIÓN DEL SECRETARIO
En el término de treinta (30) dÃas de recibida una solicitud de permiso, el Secretario notificará
al solicitante por correo ordinario de cualquier falta u omisión en la información sometida y de
la necesidad de cualquier información adicional 0 requisito especial. El solicitante tendrá
treinta (30) dÃas para someter la información solicitada. En situaciones complejas o que
involucren un caudal de agua significativo, el perÃodo para solicitar información adicional se
extenderá por treinta 30 dÃas previa notificación al solicitante antes que finalice el primer
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término de los treinta 30 dÃas. De no recibirse la información solicitada en el término de
treinta (30) dÃas de la fecha en que se solicitó se procederá a archivar la solicitud, salvo que
se presente una solicitud de prórroga por escrito, por justa causa dentro de ese término. De
interesar continuar con el trámite, el peticionario deberá presentar una solicitud nueva.
7.8
CARGO POR PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE PERMISO
El solicitante acompañará con su solicitud de permiso un giro postal 0 cheque a favor del
Secretario de Hacienda de Puerto Rico por la siguiente cantidad:
a. $100.00 para la construcción de sistemas con propósitos de observar 0 rastrear
las condiciones de las aguas;
b. $100.00 para la construcción de pozos con diámetro igual 0 menor de cuatro
pulgadas;
C. $100.00 para sellado 0 limpieza de pozos, excepto los artesianos;
d. $750.00 para construcción, sellado 0 limpieza de pozos artesianos;
e. $100.00 para la construcción de sistemas de uso doméstico unifamiliar;
f.
$200.00 para la construcción de sistemas para la extracción de agua salobre 0
de mar donde la extracción propuesta sea igual 0 menor de un millón de galones
diarios;
g.
$750.00 para la construcción de sistemas para la extracción de agua salobre 0
de mar donde la extracción propuesta sea mayor de un millón de galones
diarios;
h. $200.00 para la construcción de sistemas excluidos de los incisos anteriores.
El Secretario podrá eximir del cargo a los solicitantes que en virtud de la Sección 2.12 de
este reglamento puedan eximirse.
La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y la Autoridad de EnergÃa Eléctrica están
exentas del pago de estos cargos.
Se exime del cargo en los casos de sellado de pozos de uso agrÃcola 0 doméstico y en los
casos de sellados ordenados por el Departamento.
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7.9 CARGO POR PERMISO APROBADO PARA POZO DE ABASTO
Si el permiso es aprobado, el solicitante deberá pagar, como requisito previo a la entrega del
mismo, mediante giro postal 0 cheque a nombre del Secretario de Hacienda de Puerto Rico
el cargo correspondiente según se dispone en la siguiente tabla:
RITMO DE EXTRACCIÓN
CANTIDAD A PAGAR
De 1 a 100 gpm
$0.00
De 101 a 250 gpm
$100.00
De 251 a 500 gpm
$200.00
De 501 a 750 gpm
$300.00
De 751 a 1000 gpm
$400.00
De 1,001 gpm en adelante
$500.00
El Secretario podrá eximir del cargo a los solicitantes que en virtud de la Sección 2.12 de este
reglamento puedan eximirse. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y la Autoridad
de EnergÃa Eléctrica están exentas del pago de este cargo.