Regl. 6215, art. IV
APLICABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 6215, Art. IV
Las disposiciones de este Reglamento aplican a toda persona natural o
jurÃdica que solicite o disfrute de los beneficios del Programa de Préstamos a los
Comerciantes de Comunidades Abiertas atendidas por la Administración.