Regl. 6222, art. 13-13.2
Plan de adiestramiento
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Cite as Reglamento Núm. 6222, Art. 13-13.2
A. Anualmente se llevará a cabo un estudio de necesidades de
adiestramiento. A base de los resultados de dicho estudio, la División de
Recursos Humanos preparará un Plan de Adiestramiento y Desarrollo del
Recurso Humano para que se logre de los objetivos antes enumerados.
B. Los siguientes criterios serán considerados al preparar el mencionado plan:
1) Las necesidades presentes identificadas y la proyección de necesidades
futuras por servicios de personal debidamente capacitado.
2) Las prioridades programáticas de la CompañÃa y la atención de las
mismas a corto y a largo plazo.
3) La identificación de los problemas que la CompañÃa desea solucionar
mediante el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de su recurso
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humano. Los estándares de ejecución que la CompañÃa establezca para
el recurso humano.
4) El compromiso que el plan conlleva por parte de la CompañÃa en cuanto a
la inversión de recursos y de tiempo necesario para el desarrollo de su
recurso humano.
C. El Plan de Adiestramiento y Desarrollo del recurso humano incluirá los
siguientes componentes:
1) Licencias con O sin sueldo para estudios
2) Adiestramientos de corta duración
3) Cursos especiales
4) Pago de matrÃcula
5) Otros componentes que el Director considere apropiado adoptar en un
momento dado para satisfacer las necesidades especÃficas del servicio.
D. En el desarrollo del Plan de Adiestramiento, la CompañÃa utilizará sus
propios recursos u otros recursos disponibles, tales como: universidades,
escuelas, consultores, otras agencias gubernamentales, entidades privadas
y otros recursos en y fuera de Puerto Rico.
E. La CompañÃa establecerá los criterios para la selección de las personas a
ser adiestradas. Seleccionará, además, el contenido de los adiestramientos
y los instructores respectivos, y evaluará las actividades de adiestramiento
con el fin de verificar si los mismos han logrado los objetivos establecidos.
F. La CompañÃa podrá solicitar al Instituto para el Desarrollo de Personal de la
O.C.A.L.A.R.H. asesoramiento sobre contratación de servicios técnicos O
sobre cualquier asunto relacionado con el área de adiestramiento, cuando
lo considere necesario.
G. El Director de Recursos Humanos administrará el Plan de Adiestramiento
de la CompañÃa, y dispondrá los recursos a utilizarse, las fechas para cada
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actividad, la reglamentación relativa a adiestramientos de corta y larga
duración, el pago de matrÃcula, las becas y licencias para estudios, asÃ
como las normas y procedimientos aplicables.
H. Será requisito para recibir adiestramiento una relación entre el contenido
del puesto que ocupa el empleado O que habrá de desempeñar en un futuro
cercano y la(s) materia(s) cubierta(s) por el mismo, conforme a las
necesidades de la CompañÃa.
I. Con el propósito de capacitar al recurso humano de la CompañÃa en
aquellas áreas altamente técnicas, profesional O especializadas O que
representen dificultad en reclutar y/o retener empleados en el servicio, el
Director podrá designar un comité que estudiará y hará recomendaciones
sobre las solicitudes de becas.
J. Se ofrecerán adiestramientos en servicio a los empleados en su área de
trabajo durante el desempeño de sus funciones para propiciar el
mejoramiento de la eficiencia del personal.