Regl. 6222, art. 19
Expedientes de Empleados
Length: 114 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6222, Art. 19
Todo lo referente a la conservación y disposición de los documentos relativos a
la administración de recursos humanos y expedientes personales de los funcionarios y
empleados públicos, se regirá por la Ley de Administración de Documentos Públicos de
121
Puerto Rico (Ley Número 5 del 8 de diciembre de 1955, según enmendada) y por el
Reglamento del Programa de Conservación y Disposición de Documentos Públicos en
la Rama Ejecutiva, en tanto en cuanto no estén en conflicto con lo dispuesto en la Ley
de Personal del Servicio Público. Los expedientes de los empleados reflejarán el
historial completo de éstos desde la fecha de ingreso original al servicio público hasta
el momento de su separación.