Regl. 6222, art. 19-19.2

Contenido de los Expedientes

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Cite as Reglamento Núm. 6222, Art. 19-19.2

A. A todo empleado a quien se le extienda cualquier tipo de nombramiento, se le abrirá un expediente que identificará el nombre completo del empleado y número de seguro social. En este expediente se archivará y conservará, entre otros el original 0 copia de los siguientes documentos, según corresponda: 1) Historial personal 2) Copia auténtica del Certificado de Nacimiento 3) Notificación de nombramiento y juramento 4) Toda acción de personal 5) Evaluaciones sobre el trabajo del empleado 6) Documentos que reflejen la concesión de aumentos de sueldo O cualquier otro aspecto relacionado con la retribución 7) Cartas de reconocimiento por altas ejecutorias, excelencia en el servicio O mejoras administrativas. 122 8) Cartas de amonestación O comunicaciones sobre la conducta del empleado. AI incluirse este tipo de comunicación en el expediente, el empleado deberá ser notificado al respecto. 9) Documentos que reflejan acciones disciplinarias, así como resoluciones del Oficial Examinador al respecto. 10) Certificaciones de servicios prestados al Gobierno. 11) Cartas de enmiendas a documentos que forman parte del expediente. 12) Comunicaciones sobre ascensos, traslados y descensos. 13) Récord de adiestramiento. 14) Documentos sobre becas o licencias para estudios, con o sin sueldo, tales como contratos, evidencia de estudios, solicitudes y autorización de pagos de matrícula, 15) Récord de licencias. 16) Documentación relacionada con la participación de empleados en el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno y sus instrumentalidades. 17) Récord de accidentes por causas ocupacionales. 18) Autorización de descuentos de sueldo para cuotas de asociaciones, obligaciones contraídas con el Sistema de Retiro, la Asociación de Empleados u otras autorizadas por ley.
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