Regl. 6222, art. 5
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 6222, Art. 5
Para propósito de este Reglamento los siguientes términos tendrán los
significados que se indican a continuación:
A. Areas esenciales al principio de mérito Las siguientes áreas, según
definidas por la Ley de Personal:
1) Reclutamiento y Selección
2) Clasificación de Puestos
3) Ascensos, Traslados y Descensos
4) Retención
5) Adiestramiento
B. Ascenso El cambio de un empleado de un puesto 0 a otra clase de
puesto con funciones y sueldo básico de nivel superior.
C. Autoridad nominadora - Director Ejecutivo de la Compañía.
D. Beca La ayuda monetaria que se concede a un empleado para que
prosiga estudios en una institución acreditada con el fin de ampliar su
preparación académica por necesidades de servicio y para beneficio de la
Compañía.
E. Cesantía - La separación del servicio impuesta a un empleado debido a la
eliminación de su puesto por falta de trabajo, presupuesto, O la
determinación de que está física O mentalmente incapacitado para
desempeñar los deberes de su puesto.
F. Clase de puesto El puesto O grupo de puestos cuyos deberes, índole de
trabajo, autoridad y responsabilidad sean de tal modo semejante, antes
que puedan razonablemente denominarse con el mismo título, exigirse a
sus incumbentes los mismos requisitos mínimos de admisión, utilizarse las
mismas pruebas de aptitud para la selección de empleados y aplicarse la
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misma escala de retribución con equidad bajo condiciones de trabajo
sustancialmente iguales.
G. Clasificación de puestos - La agrupación sistemática de puestos en clases
similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual
tratamiento en la administración de recursos humanos.
H. Compañía Compañía de Turismo de Puerto Rico.
I.
Descenso - El cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones y sueldo básico de nivel inferior.
J. Descripción del puesto - La exposición escrita y narrativa sobre los
deberes, autoridad y responsabilidad que conlleva un puesto en específico
y por los cuales se responsabiliza al incumbente.
K. Destitución - La separación definitiva del servicio impuesta a un empleado
como medida disciplinaria por justa causa.
L. Director Director(a) Ejecutivo(a) de la Compañía.
M. Director de Recursos Humanos Director (a) de la División de Recursos
Humanos de la Compañía.
N. Elegible - Cualquier persona O empleado que cualifique para un puesto y
cuyo nombre figure debidamente en algún registro de elegibles para
determinada clase de puesto.
O. Especificación de clase Una exposición escrita y narrativa en forma
genérica que indica las características preponderantes del trabajo que
entraña uno O más puestos en términos de naturaleza, complejidad,
responsabilidad y autoridad y las cualificaciones mínimas que deben
poseer los candidatos.
P. Examen Cualquier prueba escrita u oral, física, de ejecución y evaluación
de experiencia y preparación u otras generalmente aceptadas que
determine la Compañía.
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Q. Formulación de cargos La notificación escrita por la autoridad
nominadora a un empleado de las violaciones incurridas respecto al
Manual de Normas y Medidas Disciplinarias de la Compañía.
R. Grupo Ocupacional O Profesional - Una serie de clases que describe
puestos comprendidos en la misma rama O actividad de trabajo.
S. Interinato El tiempo durante el cual un empleado pasa a desempeñar
todos los deberes y funciones normales de otro puesto de un nivel
superior, previa designación oficial por escrito de la autoridad nominadora
o representante autorizado. El empleado en funciones interinas tiene que
reunir los requisitos mínimos para ocupar el puesto al momento de la
designación.
T. Junta de Directores Junta de Directores de la Compañía.
U. Ley de Personal La Ley Número 5 de 14 de octubre de 1975, según
enmendada, conocida como Ley de Personal del Servicio Público de
Puerto Rico.
V. Nombramiento La designación oficial por la autoridad nominadora de una
persona para ocupar un puesto.
W. Normas de reclutamiento - El documento oficial que contiene los requisitos
mínimos y los tipos de exámenes para ingreso a una determinada clase de
puesto.
X. O.C.A.L.A.R.H. Oficina Central de Asesoramiento Laboral y
Administración de Recursos Humanos,
Y. Oficial(es) Examinador(es) Nombrado(s) por la Junta de Directores de la
Compañía, quien(es) actuará(n) como Oficial(es) Examinador(es) de
Apelaciones de Recursos Humanos, para resolver apelaciones
presentadas por los empleados O ciudadanos, conforme lo autoriza este
Reglamento.
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Z. Período de prueba - El período de tiempo que debe transcurrir para que la
ofensa cometida por el empleado prescriba, para propósito de la disciplina
solamente.
AA. Período probatorio Un término de tiempo durante el cual un empleado, al
ser nombrado en un puesto, está en período de adiestramiento y prueba,
sujeto a evaluación en el desempeño de sus deberes.
BB. Plan de Clasificación - El sistema mediante el cual se estudian, analizan y
ordenan de forma sistemática los puestos de la Compañía en virtud de su
naturaleza, grupo de trabajo, deberes, responsabilidades y requisitos
mínimos formando clases y series de clases.
CC. Principio de mérito Concepto de la Ley Número 5, conocida como Ley de
Personal, de que los empleados públicos deben ser reclutados,
seleccionados, clasificados, adiestrados, ascendidos, retenidos y tratados
en todo lo referente a su empleo según su capacidad, sin discrimen por
razón de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen 0 condición social, ni
por ideas políticas o religiosas, ni limitaciones físicas O mental.
DD. Puesto El conjunto de deberes y responsabilidades asignadas O
delegadas por la autoridad nominadora, que requieren el empleo de una
persona durante una jornada completa 0 parcial de trabajo.
EE. Puesto Regular El puesto creado por la autoridad nominadora con un
término indefinido.
FF. Puesto transitorio El nombramiento de término fijo extendido a una
persona.
GG. Plan de retribución El documento que establece la escala de retribución
para cada clase de puesto comprendido en el Plan de Clasificación,
fijando un tipo mínimo, un máximo y todos aquellos tipos intermedios que
sean necesarios para la retribución sea justa, equitativa y uniforme.
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HH. Reclasificación La acción de clasificar un puesto a otro puesto u otra
clase que había sido clasificada previamente. La reclasificación puede ser
a un nivel superior, igual O inferior.
II.
Recursos Humanos División de Recursos Humanos de la Compañía.
JJ.
Registro de elegibles - Una lista de nombres de personas que han
cualificado para ser consideradas para nombramiento en un puesto de una
clase determinada.
KK. Reglamento Reglamento de Recursos Humanos de la Compañía.
LL. Reingreso - La incorporación al servicio de una persona que anteriormente
era empleado y que fue separada del servicio por cualquiera de las
siguientes causas:
1) eliminación de puestos por falta de fondos O trabajo, O
2) incapacidad
MM. Reinstalación El regreso de un empleado al servicio activo después de:
(1) haber disfrutado de una licencia, O (2) ser relevado de un puesto de
confianza si ocupaba anteriormente un puesto de carrera con status
regular, O (3) haber fracasado en período probatorio luego de haber sido
empleado regular inmediatamente antes.
NN. Renuncia La separación definitiva y voluntaria de un empleado a su
puesto.
OO. Retribución -La remuneración O pago por trabajo rendido y/o por disfrute
de cualquier licencia con paga.
PP. Secretario(a) de Apelaciones - - persona nombrada por la Junta de
Directores para actuar como Secretario(a) de Asuntos Apelativos de
Recursos Humanos.
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QQ. Serie de clases Una agrupación de clases que refleja los distintos niveles
jerárquicos de trabajo existentes y que pueden identificarse funcionalmente
dentro de la misma actividad O área de trabajo.
RR. Sistema de Retiro La Administración de los Sistemas de Retiro del
Gobierno de Puerto Rico.
SS. Suspensión La separación temporal de un empleado como medida
disciplinaria por justa causa durante la cual estará relevado de sus
deberes y responsabilidades.
TT. Traslado El cambio de un empleado de un puesto a otro en la misma
clase O a un puesto en otra clase con funciones de nivel similar no
conllevando reducción en la retribución del empleado.
UU. Vista Administrativa Audiencia que se le concede al empleado O
ciudadano para apelar ante el Oficial Examinador.
VV. Vista Informal Audiencia que se le concede al empleado para apelar
sobre cualquier acción de personal que no esté de acuerdo o que le resulte
adversa.