Regl. 6226, art. 11-11.1
Plan de Clasificación
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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 11-11.1
La Administración Auxiliar de Recursos Humanos establecerá
un Plan de Clasificación que estará fundamentado en los criterios de
uniformidad y de trato igual y justo establecidos por el Principio de
Mérito.
Este Plan debe ser un instrumento de trabajo adecuado y
efectivo, por lo que se debe mantener al dÃa, de manera tal que en
todo momento refleje los hechos y condiciones reales presentes en el
inventario de puestos. El mismo deberá establecer mecanismos para
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la creación, eliminación y consolidación de clases, según sea
necesario.
Dicho Plan permitirá en todo momento la identificación de las
funciones necesarias para el cumplimiento de las encomiendas de la
Corporación, la identificación de las lÃneas lógicas de ascensos entre
las distintas clases de puestos y las razones especÃficas para las
reclasificaciones de puestos. Se establecerá un Plan de Retribución
que armonice en todas sus partes con el Plan de Clasificación.
El Plan de Clasificación será establecido por el Administrador y
aprobado por la Junta de Directores de la Corporación. El mismo
contendrá las normas y procedimientos necesarios para su
administración.