Regl. 6226, art. 11-11.1

Plan de Clasificación

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Cite as Reglamento Núm. 6226, Art. 11-11.1

La Administración Auxiliar de Recursos Humanos establecerá un Plan de Clasificación que estará fundamentado en los criterios de uniformidad y de trato igual y justo establecidos por el Principio de Mérito. Este Plan debe ser un instrumento de trabajo adecuado y efectivo, por lo que se debe mantener al día, de manera tal que en todo momento refleje los hechos y condiciones reales presentes en el inventario de puestos. El mismo deberá establecer mecanismos para 25 la creación, eliminación y consolidación de clases, según sea necesario. Dicho Plan permitirá en todo momento la identificación de las funciones necesarias para el cumplimiento de las encomiendas de la Corporación, la identificación de las líneas lógicas de ascensos entre las distintas clases de puestos y las razones específicas para las reclasificaciones de puestos. Se establecerá un Plan de Retribución que armonice en todas sus partes con el Plan de Clasificación. El Plan de Clasificación será establecido por el Administrador y aprobado por la Junta de Directores de la Corporación. El mismo contendrá las normas y procedimientos necesarios para su administración.
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